Kidfluencers: la nueva forma de trabajo infantil que nació con las redes sociales

Una jueza de Familia analiza los límites legales de la exposición temprana en plataformas digitales y plantea interrogantes sobre consentimiento, huella digital y protección de derechos.

Un celular, una audiencia y una pregunta que crece: ¿cuándo una actividad infantil en redes sociales deja de ser un juego y comienza a convertirse en una actividad económica? Crédito: Pexels.
Un celular, una audiencia y una pregunta que crece: ¿cuándo una actividad infantil en redes sociales deja de ser un juego y comienza a convertirse en una actividad económica? Crédito: Pexels.
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Un chico mira a la cámara, sonríe y abre una caja. Adentro hay un juguete. Lo prueba, juega unos minutos y cuenta qué le gusta. Parece una escena cualquiera de la infancia. Pero detrás puede haber una marca, un contrato, millones de reproducciones y una familia que obtiene ingresos gracias a ese momento. La pregunta que empieza a ocupar a investigadores y especialistas en derechos de la infancia es incómoda: ¿sigue siendo un juego cuando ese juego genera dinero?

Los llamados kidfluencers —niños y adolescentes que crean contenido para redes sociales y construyen grandes audiencias— se convirtieron en una de las nuevas fronteras del debate sobre el trabajo infantil. Ya no se trata solamente de chicos en fábricas, talleres o campos. La escena cambió: ahora puede ocurrir en una habitación de una casa, con un celular, una luz artificial y millones de personas mirando.

Un estudio publicado en la revista científica Journal of Business Ethics analizó este fenómeno y planteó una discusión hasta hace pocos años impensada: los chicos influencers pueden estar realizando una forma de trabajo que debe ser observada desde la perspectiva de los derechos laborales y la protección de la infancia.

Los investigadores estudiaron algunos de los canales familiares más exitosos del mundo y señalaron riesgos vinculados con la explotación económica, la pérdida de privacidad, la dificultad para construir un consentimiento real y la exposición permanente de la vida personal del menor. En paralelo, el fenómeno también empieza a interpelar al sistema judicial argentino.

En diálogo con la Agencia de Noticias Científicas de la Universidad Nacional de Quilmes, Jazmín Blanchiman, jueza titular del Juzgado de Familia N.º 1 de Quilmes, explica que la discusión central está en determinar cuándo una actividad aparentemente recreativa comienza a afectar los derechos del niño. “No toda exposición de un niño en redes sociales implica necesariamente una situación de vulneración de derechos. El punto de análisis aparece cuando esa exposición deja de estar centrada en el interés del niño y comienza a responder a intereses económicos de terceros”, explica la magistrada. En este nuevo modelo de negocio, la infancia deja de ser solamente una etapa de la vida: puede convertirse también en contenido.

Cuando jugar se transforma en una actividad comercial

La frontera es difícil de marcar. Un chico puede divertirse grabando videos; puede disfrutar de tener seguidores; puede querer compartir sus juegos con otros niños. Sin embargo, la situación cambia cuando aparecen elementos propios de cualquier actividad laboral: horarios de grabación, obligaciones con marcas, repetición de escenas, contratos comerciales o ingresos vinculados directamente con su actividad.

Los investigadores utilizan un concepto que resume esta tensión: “playbour”, una combinación de las palabras inglesas play (juego) y labour (trabajo). Es una mezcla nueva: una actividad que conserva la apariencia del juego, pero que al mismo tiempo produce valor económico.

Según Blanchiman, uno de los principales desafíos es identificar si existe una verdadera participación voluntaria del niño o si su imagen comienza a ser utilizada como un recurso económico. “En el caso de niños y niñas, el consentimiento debe analizarse teniendo en cuenta su edad, su grado de madurez y la posibilidad real de comprender las consecuencias futuras de aquello que se publica. No alcanza con que el niño diga que quiere hacerlo”, señala la jueza.

Un video de un cumpleaños puede ser una publicación familiar, pero también puede transformarse en una acción patrocinada. Una visita a un parque puede ser un recuerdo, o puede convertirse en contenido contratado por una empresa. La diferencia está en quién decide, quién gana dinero y qué lugar ocupa el niño dentro de ese proceso.

El fenómeno tiene una particularidad que lo vuelve todavía más complejo: muchas veces son los propios padres quienes administran las cuentas. Ellos negocian con marcas, organizan las grabaciones y gestionan los ingresos. Ahí aparece un conflicto: quienes tienen la responsabilidad legal de proteger al niño también pueden beneficiarse económicamente de su exposición.

Para la jueza de Familia de Quilmes, este punto requiere especial atención. “Los adultos responsables tienen el deber de actuar conforme al interés superior del niño. La representación parental no puede convertirse en una autorización para disponer de la imagen, intimidad o identidad digital de un hijo como si fueran bienes propios”, sostiene.

La discusión, entonces, no pasa solamente por cuánto dinero genera un chico. La pregunta es otra: ¿quién decide cuándo aparece frente a una cámara y cuándo puede dejar de hacerlo? Porque un adulto puede renunciar a un trabajo, puede cerrar una cuenta, puede empezar de nuevo. Un niño, en cambio, puede crecer y descubrir que miles de imágenes de su infancia siguen circulando en Internet.

La huella digital de una infancia

La infancia tiene una característica que las redes sociales modificaron profundamente: antes, muchos recuerdos quedaban en el ámbito privado de la familia. Hoy pueden convertirse en archivos permanentes. Un momento gracioso, una reacción espontánea o una situación íntima pueden permanecer durante años. Los investigadores señalan que la exposición temprana puede afectar aspectos como la privacidad, la seguridad, la identidad y el bienestar psicológico. Desde la Justicia, el desafío es anticipar daños que muchas veces no son visibles en el presente.

“El derecho a la intimidad de niños y adolescentes no desaparece porque exista una publicación en redes sociales ni porque sus padres hayan prestado consentimiento. La infancia tiene una protección reforzada porque se trata de personas en desarrollo”, explica Blanchiman. Un menor puede aceptar aparecer en un video, pero quizás no puede anticipar qué significa que esa imagen pueda ser vista, compartida o utilizada comercialmente durante décadas.

La legislación tradicional sobre trabajo infantil fue pensada para un mundo diferente: actividades visibles, con lugares físicos concretos y relaciones laborales identificables. La economía digital abrió un escenario nuevo. Hoy un chico puede convertirse en una marca personal antes incluso de llegar a la adolescencia. Puede tener millones de seguidores, recibir productos, participar de campañas publicitarias y generar ingresos desde su casa.

Eso no significa que todos los niños que aparecen en redes estén siendo explotados. Tampoco que crear contenido sea necesariamente negativo. La pregunta que plantea la ciencia y que ahora también llega a los tribunales es otra: ¿qué ocurre cuando la creatividad de un niño se convierte en un negocio?


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