La decisión de la Corte Suprema de proscribir a Cristina Fernández y su relación con el kairós, ese instante justo, un tiempo que irrumpe, que sorprende.

Por Daniel Busdygan*
Es una idea bastante extendida aquella que dice que “las decisiones de la Corte Suprema Justicia no tienen tiempos definidos”. Ahora bien, ¿los tiempos de la Corte no tienen tiempo? Cuando se habla del tiempo existen al menos dos nociones. La primera es chrónos que designa en la tradición griega al tiempo cuantitativo, homogéneo y mensurable. Es el tiempo del calendario, la sucesión mensurable, regular y continua. La otra es kairós, y se trata de otra cosa. Es el instante justo. No sigue un reloj, irrumpe. No se repite, sorprende. Es el momento cargado de significado donde todo puede cambiar. Una grieta decisiva dentro del tiempo ordinario. Hay decisiones que pertenecen al chrónos y otras —más inquietantes— que habitan el kairós.
La reciente decisión de la Corte Suprema de Justicia se inscribe en un kairós político-judicial contra Cristina Fernández de Kirchner. La misma no se puede leer fuera del contexto político y del tiempo electoral en el que se dio, ¿o acaso alguien puede hacerlo? Se trató de una decisión quirúrgica en el medio del calendario político. El kairós judicial irrumpe para reorganizar el tablero electoral y esto sin dudas tiñe a la decisión, aunque busque ser barnizada de racionalidad jurídica.
Además, esa decisión tampoco puede leerse separada de la historia institucional de la propia Corte, la cual siempre se tomó el debido tiempo para estudiar sus respuestas que se daban en años no electorales. Pero no, aquí la Corte instrumentalizó el poder de juzgar como una forma de gobernar. Ahí aparece lo que podríamos llamar el ejercicio del paternalismo judicial: la pretensión de un tribunal de decidir no solo lo que es legal sino lo que es conveniente a la república, al sistema político, al “sentido común”. Bajo el supuesto de que el tribunal “sabe mejor” que la ciudadanía o los representantes democráticamente electos qué es lo correcto o lo más conveniente para la sociedad.
Cuando una Corte decide quién puede o no postularse está tocando una fibra íntima de la democracia. Está diciendo qué opciones se pueden poner en la mesa y cuáles no. Y así, la racionalidad jurídica o institucional erosiona la democracia, empobrece su calidad, pues se vuelve contra el principio de soberanía popular que no es otra cosa que el derecho del pueblo a decidir por sí mismo.
Argentina reconoce en su historia estas maniobras. No le son ajenas. Las ha visto antes en proscripciones, vetos disfrazados de legalidad, candidaturas bloqueadas por caminos formales. Sabe lo que es que el conflicto político se desplace del Congreso al expediente, del debate al fallo, del voto a la cautelar. El tiempo en el que se da el fallo de una Corte integrada por tres supremos donde dos ellos habían aceptado ingresar por decreto, abre un tiempo nuevo.
Las consecuencias sociales, políticas e institucionales pueden ser profundas. Ahora bien, en política, el kairós no sólo sirve para ver la sentencia, también puede servir para pensar que hay que construir un futuro que permita revisar, recomponer, reparar, desde el poder democrático con una amnistía este avasallamiento contra la soberanía popular. Toda lógica de cierre contiene también su fisura y el poder político y democrático puede corregirlo cuando llegue el momento.
Tiempo al tiempo.
*Filosofo, investigador y docente de la Universidad Nacional de Quilmes y la Universidad Nacional de La Plata.