El Senado debate la reforma de la Ley de Salud Mental: ¿cuáles son los principales cambios propuestos desde el oficialismo?

Entre los puntos centrales, está la internación involuntaria. Especialistas de la UNQ analizan las modificaciones y sus implicancias.

Créditos: El Periódico.
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El Senado debate la reforma de la Ley de Salud Mental impulsada por el oficialismo, que introduce cambios en puntos centrales de la normativa, como los criterios para la internación ante un caso de crisis y la incorporación de la ludopatía entre los problemas de salud mental. En esta nota la Agencia de Noticias Científicas dialoga con Victoria Vidal y Sergio Remesar, psicólogos y especialistas en salud mental de la UNQ, sobre los principales cambios propuestos y sus posibles implicancias.

La Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657 fue sancionada en 2010 y representó un antes y un después en el tratamiento de la salud mental al considerar a los pacientes como sujetos de derecho. El gobierno libertario comenzó a trabajar en una reforma que propone modificar principalmente las internaciones involuntarias. En la normativa vigente, la internación involuntaria constituye un recurso excepcional, solo si no son posibles abordajes ambulatorios, y debe ser ante un “riesgo cierto e inminente”. Esto quiere decir que se considera el riesgo de un daño como verdadero, seguro e indudable y es un peligro actual y comprobable, no hipotético, para sí o para terceros. Para llevar adelante esta internación, se requiere de la firma de un psiquiatra o un psicólogo y de otro profesional del equipo interdisciplinario, y la redacción de un informe que indique qué recursos previos se intentaron y por qué no quedó una alternativa menos restrictiva. A la vez, esa decisión debe ser autorizada por un juez en un plazo de tres días corridos. El alta es facultad del equipo de salud, debe informarse al juzgado y debe darse apenas cesa el riesgo, o la internación pasa a ser voluntaria si la persona consciente.

En la reforma, el gobierno propone cambiar el criterio de “riesgo cierto e inminente” a “riesgo grave de daño”. Esto significa un enfoque situacional que contempla antecedentes y evolución del paciente, y habilitaría intervenciones preventivas. No se espera al peligro certero de una situación, sino que se actúa antes ante un riesgo hipotético. A su vez, la internación será indicada por un médico, sea o no psiquiatra, y el equipo interdisciplinario la podrá revalidar dentro de un plazo de 48 horas. El psiquiatra podrá atender el caso mediante teleconsulta. Además, a diferencia de la normativa actual que exige la autorización del juez para la internación, la reforma plantea que el procedimiento será únicamente comunicado a la Justicia. También, deberá existir un plan de egreso desde el diagnóstico como requisito de internación, y se deberá notificar con anticipación al representante legal, al cónyuge conviviente, a los padres o a los hijos para coordinar las condiciones de salida.

En este sentido, los especialistas de la UNQ plantean a la Agencia que estos cambios, aparentementes sutiles, afectan el abordaje interdisciplinario de la salud mental al colocar a los médicos en una posición decisiva y quitarles importancia al resto de los profesionales. Además, el cambio de “riesgo cierto e inminente” a “riesgo grave de daño para la vida e integridad física” contradice el carácter excepcional de la normativa.

En este sentido, Victoria Vidal, directora del Observatorio en Salud Mental de la UNQ, explica: “Reemplazar el criterio actual por el ‘riesgo grave de daño para la vida o la integridad física’ amplía el margen de interpretación que un médico pueda tener para llegar a una internación involuntaria. Esto posibilita que se restrinja la libertad de una persona“. Y continúa: “Hay que establecer criterios que impidan que el susto ante la situación, los diagnósticos errados o las predicciones profesionales se conviertan en un fundamento suficiente para la internación”.

Por su parte, Sergio Remesar, director del Programa Institucional de Accesibilidad y Salud Mental de la UNQ, afirma que hay pocos psiquiatras en el país, lo que agrava más la situación si se trata de ciudades alejadas de las capitales. “Por eso es que se posibilita la teleconsulta, pero eso precariza la evaluación médica de urgencia y disminuye la calidad de atención al paciente, lo que puede derivar en diagnósticos apresurados”, subraya.

La reforma también propone ampliar la categoría de adicciones para permitir que la ludopatía pueda ser considerada un problema de salud mental; se fija que los menores deberán ser atendidos por equipos con formación infantojuvenil y tendrán que ser internados en lugares separados de los adultos; se establece que habrá cooperación económica entre la Nación y las provincias; y se mantiene la prohibición de la creación de manicomios.

Desfinanciación y manicomios

La Ley de Salud Mental vigente fue discutida de manera larga y extendida por profesionales, usuarios, familiares y asociaciones de la salud mental. Remesar detalla a la Agencia: “En esta reforma que se propone ahora no sólo no se tuvo en cuenta la opinión de los pacientes que son quienes viven esto a diario, sino que corre la discusión del verdadero problema que es la financiación. La Ley actual no funciona como querríamos porque no se financia”. Y agrega: “Esto no es un problema de ahora. Desde hace 15 años que del 10 por ciento que le corresponde del presupuesto a la salud mental, solo se destina el 2 por ciento”. Esto se traduce en problemas en infraestructuras, falta de acceso a los profesionales de la salud mental y el mal funcionamiento de los equipos interdisciplinarios.

Por otro lado, Remesar enfatiza en que hay una “trampa” en la reforma al hablar de que se mantiene la prohibición de creación de manicomios. “Plantea eso a la vez que autoriza las instituciones especializadas en psiquiatría, con lo cual sostenemos la existencia de hospitales monovalentes. También, en el vocabulario que se utiliza en la reforma se estigmatiza a los pacientes ya que se vuelve a hablar de afección o trastorno. Esto remite a la lógica vieja de ‘locura’ y ‘peligrosidad’”, detalla. En este sentido, Vidal aporta: “En la Ley que tenemos actualmente, se busca la atención del sujeto sin apartarlo de la comunidad. Las internaciones son excepcionales y cortas porque se busca una política de inclusión social”.

El punto parece estar en que esa política depende de una financiación por parte del Estado, quien en su lugar hoy propone una mirada de prevención de riesgos. Vidal define: “La Ley vigente no niega la necesidad de intervenir en situaciones de crisis y tampoco desconoce la importancia de la atención clínica, pero lo que sí establece es que esas intervenciones tienen que ser siempre respetando los derechos, la autonomía, la dignidad y la capacidad de las personas. Eso está en riesgo”.


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