Declaran inconstitucional el decreto que suspende la Ley de Financiamiento Universitario y ordenan su cumplimiento inmediato

“El Decreto no supera un test mínimo de razonabilidad”, señaló el juez Cormick a casi un año de la sanción de la Ley.

Protesta de trabajadores no docentes de la Universidad Nacional de Luján. Créditos: Todo Provincial.
Protesta de trabajadores no docentes de la Universidad Nacional de Luján. Créditos: Todo Provincial.
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Tras obtener una “prórroga” hasta el jueves 8 de octubre para cumplir con los artículos 5 y 6 de la Ley de Financiamiento Universitario (Ley 27795), destinados a becas y salarios, un nuevo fallo acorraló todavía más al gobierno nacional. En este sentido, la Justicia declaró inconstitucional el decreto que suspendió la totalidad de la Ley. A diferencia de los primeros fallos sobre los artículos 5 y 6, en este caso es sobre la totalidad de la norma, que incluye aspectos vinculados a gastos de funcionamiento, fortalecimiento de las trayectorias educativas, creación de nuevas carreras, equipamiento de las universidades y desarrollo regional a través de la extensión. Si bien el fallo es de primera instancia y el gobierno puede apelar, se trata de otro revés para el Poder Ejecutivo que se da en la previa de la quinta Marcha Federal Universitaria, que se realizará en diferentes puntos del país el 15 de octubre.

“El Decreto 759/25 (que frenó la Ley de Financiamiento Universitario) no supera un test mínimo de razonabilidad, en tanto permite suspender e inaplicar, amparado en la aplicación de un artículo de una ley anterior, la aplicación de una ley en donde el Congreso insistió con las mayorías agravadas requeridas”, consideró el juez federal Martín Cormick en el fallo. 

En redes sociales, el rector de la Universidad Nacional de Rosario y presidente del Consejo Interuniversitario Nacional, Franco Bartolacci, celebró el fallo y sostuvo: “Es un paso muy importante para lograr la implementación plena de la Ley 27795. Que haya una sentencia favorable en primera instancia respecto de la cuestión de fondo implica la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario en todos sus artículos. Seguimos un largo camino muy respetuoso de los canales institucionales y muy firmes en la defensa, no solo de la comunidad universitaria del país, sino también del cumplimiento de la norma, que es lo que corresponde”.

Por su parte, al igual que en los anteriores fallos que tuvo en su contra, ninguna autoridad del Poder Ejecutivo se pronunció a través de los canales oficiales ni de sus redes sociales personales. 

Mientras tanto, la comunidad universitaria aguarda hasta el jueves por la orden relativa a salarios y becas. En este aspecto, la Justicia le otorgó una “prórroga” al gobierno nacional para que cumpla con los artículos 5 y 6 y actualice el dinero que reciben los trabajadores y los estudiantes. Para tomar dimensión del atraso, el aumento que deben recibir los docentes y no docentes para volver al poder adquisitivo de fines de 2023 debe ser del 33,4 por ciento. En el caso de las becas Progresar, la suba se acerca al 100 por ciento. 

Aunque podrá recurrir a instancias judiciales para seguir con su estrategia y no cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario, aprobada por el Poder Legislativo y confirmada por el Poder Judicial, este nuevo fallo confirma que la decisión del gobierno nacional no solo es ilegal, sino que es inconstitucional. Con este panorama, la comunidad universitaria se prepara para realizar la quinta Marcha Federal Universitaria el jueves 15 de octubre en todo el país.


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